Quién hace qué en tu instalación de placas solares
Una instalación de autoconsumo pasa por varias manos: la nuestra, la de un instalador habilitado, a veces un técnico, la distribuidora, tu Ayuntamiento y la Junta. Aquí está quién hace cada paso y, sobre todo, qué te toca a ti.
Tu parte, en toda la obra
- Factura de la luz, referencia catastral y fotos del tejado
- DNI y prueba de que eres el titular
- Firmar el permiso de obra
- Pagar por transferencia o con tarjeta
- Pedir la compensación de excedentes a tu comercializadora
- Si quieres las ayudas: firmar las solicitudes y guardar los papeles
Lo demás lo hacemos nosotros, el instalador, la gestoría o el organismo que toque.
Si te encaja, pídenos un estudio o calcula antes tu ahorro.
Fase a fase
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Primera visita
Quién: Solar Master
Vemos tu tejado y tu consumo, y te decimos qué instalación tiene sentido en tu casa.
Te toca a ti: Tu factura de la luz, la referencia catastral de la vivienda y unas fotos del tejado.
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Presupuesto
Quién: Solar Master
Un presupuesto detallado: equipos, potencia y coste total. Es uno de los papeles que piden las bonificaciones.
Te toca a ti: Leerlo con calma y decidir.
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Datos del titular
Quién: Tú y Solar Master
Cuentan dos titulares: el de la vivienda (permiso de obra y ayudas) y el del contrato de la luz (la parte eléctrica). Pueden ser personas distintas, pero hay que declararlo bien desde el principio.
Te toca a ti: Tu DNI, un papel que acredite que la casa es tuya (nota simple o recibo del IBI) y decirnos a nombre de quién está el contrato de la luz. Si quieres, una autorización para que presentemos los trámites por ti.
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Certificado energético de antes
Solo si vas a pedir la deducción del IRPF del 40 %.
Quién: Un técnico competente y la Junta de Andalucía
Un técnico competente certifica la eficiencia energética de la vivienda y el certificado se inscribe en la Junta de Andalucía.
Te toca a ti: Dejar entrar al técnico para que vea la casa.
Tiene que estar hecho antes de empezar la obra. Si la obra empieza sin él, esa deducción se pierde y no se puede recuperar.
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Permiso del Ayuntamiento
Quién: El Ayuntamiento y Solar Master
Declaración responsable de obras (o licencia, según el caso) y su tasa, en el Ayuntamiento de tu municipio.
Te toca a ti: Firmarla: va a tu nombre. Con tu autorización, la presentamos nosotros.
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Instalación
Quién: Solar Master y el instalador habilitado
Montamos los paneles, el inversor y las protecciones. Si el cuadro eléctrico de la casa necesita ampliarse o adaptarse, se hace antes del montaje.
Te toca a ti: Pagar por transferencia o con tarjeta: un pago en efectivo no cuenta para ninguna deducción.
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Papeles eléctricos
Quién: El instalador habilitado
El instalador habilitado en baja tensión firma la memoria técnica de diseño, el certificado de instalación eléctrica (el «boletín») y el certificado de adecuación al RD 1699/2011.
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Código de autoconsumo (CAU)
Quién: La gestoría colaboradora y E-Distribución
Se pide en tu nombre a E-Distribución el código que identifica tu instalación. Es el primer paso de la legalización: la Junta lo necesita antes.
Si la vivienda está en suelo rústico, hace falta además el permiso de acceso y conexión de la distribuidora.
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Legalización en la Junta
Quién: El instalador habilitado y la Junta de Andalucía
Con el código ya asignado, se comunica en tu nombre la puesta en funcionamiento a la Junta de Andalucía, por su plataforma PUES, y la Junta inscribe la instalación en el registro de autoconsumo sin que tengas que pedirlo.
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Certificado energético de después
Solo si vas a pedir la deducción del IRPF del 40 %.
Quién: Un técnico competente
El técnico vuelve a certificar la vivienda, ya con la instalación hecha.
Te toca a ti: Guardar los dos certificados con su inscripción: Hacienda te los puede pedir.
Para esa deducción, este certificado tiene que expedirse antes del 1 de enero de 2027.
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Compensación de excedentes
Quién: E-Distribución y tu comercializadora
Con la instalación inscrita, el contador pasa a medir también la energía que viertes a la red y tu comercializadora puede descontártela en la factura.
Te toca a ti: Pedir a tu comercializadora el contrato de compensación de excedentes. Solo lo puede pedir el titular del suministro, y sin él no se te descuenta lo que viertes.
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Bonificaciones y deducción
Si tu Ayuntamiento las ofrece y cumples los requisitos.
Quién: Tú y el Ayuntamiento
Las bonificaciones del ICIO y del IBI se piden al Ayuntamiento. La deducción del IRPF se aplica en tu declaración de la renta.
Te toca a ti: Firmar las solicitudes (te preparamos los papeles), aportar tus justificantes bancarios de pago y añadir la deducción en la renta: el borrador no la trae.
Ojo con el ICIO: en algunos Ayuntamientos, como el de Málaga, la bonificación hay que pedirla antes de que acabe el plazo de obra que declaraste.
Quién es quién
- Solar Master
- Estudio, presupuesto, montaje y coordinación de todo lo demás. Hablas con nosotros de principio a fin.
- Instalador habilitado en baja tensión
- Firma los papeles eléctricos (memoria técnica y boletín) y comunica la puesta en funcionamiento a la Junta.
- Técnico competente
- Un técnico habilitado para certificar la eficiencia energética de edificios. Es el único que puede firmar los certificados energéticos: la habilitación de instalador eléctrico no sirve para eso.
- Gestoría colaboradora
- Tramita parte del expediente, como el código de autoconsumo con la distribuidora.
- E-Distribución
- La distribuidora eléctrica de la provincia de Málaga, del grupo Endesa. Asigna el código de autoconsumo y se ocupa de la conexión y del contador.
- Tu comercializadora
- La empresa que te factura la luz. Con ella firmas la compensación de excedentes.
- Ayuntamiento
- El permiso de obra (declaración responsable o licencia) y, si las tiene, las bonificaciones del ICIO y del IBI.
- Junta de Andalucía
- Recibe la puesta en funcionamiento por la plataforma PUES, inscribe la instalación en el registro de autoconsumo y registra los certificados energéticos.
- Varelux, nuestra empresa hermana
- El mismo equipo, para la instalación eléctrica de la casa: revisa el cuadro y hace lo que haga falta —ampliación, protecciones, toma de tierra, cableado— antes del montaje, con su propio boletín cuando corresponde. Comparte con nosotros el instalador autorizado en baja tensión, así que también puede firmar los papeles eléctricos de tu instalación solar. Y, si lo necesitas, al terminar repara y pinta lo que la obra haya tocado. Cuándo conviene revisar el cuadro antes de poner placas.
Los papeles que te entregamos
Te damos copia de cada uno. Guárdalos: el Ayuntamiento o Hacienda te los pueden pedir si solicitas las ayudas.
- Memoria técnica de diseño
- Describe la instalación: equipos, esquema y protecciones.
- Certificado de instalación eléctrica (el «boletín»)
- Acredita que la instalación cumple el reglamento de baja tensión. Qué es el boletín y por qué importa.
- Certificado de adecuación al RD 1699/2011
- Acredita que la conexión a la red cumple la norma para instalaciones pequeñas.
- Justificante de puesta en funcionamiento
- El papel de la Junta. Los Ayuntamientos suelen pedirlo para las bonificaciones del ICIO y del IBI.
- Código de autoconsumo (CAU)
- Identifica tu instalación ante la distribuidora y tu comercializadora.
- Certificados energéticos
- El de antes y el de después, con su inscripción. Solo si vas a pedir la deducción del 40 %.
- Facturas
- Detalladas, con equipos y coste. Guárdalas junto a tus justificantes de pago.
Todo esto forma parte de nuestro servicio de legalización y trámites.
Ayudas: lo que hay que saber antes
La deducción del IRPF del 40 % es para tu vivienda habitual o una que tengas alquilada como vivienda. Exige que el consumo de energía primaria no renovable baje al menos un 30 % (o llegar a la letra A o B), algo que no siempre se consigue solo con placas; un certificado energético antes de la obra y otro después, expedido antes del 1 de enero de 2027; y solo cuenta lo que pagues hasta el 31 de diciembre de 2026. Las bonificaciones del ICIO y del IBI dependen de cada Ayuntamiento. LIRPF, DA 50ª (BOE).
Preguntas frecuentes
¿Tengo que ir yo a algún organismo?
No para legalizar la instalación: eso lo presentamos nosotros, el instalador o la gestoría. Tú firmas el permiso de obra, pides la compensación a tu comercializadora y, si quieres las ayudas, firmas sus solicitudes.
¿Quién firma el boletín?
El instalador habilitado en baja tensión que hace la instalación. Si además hay que trabajar en el cuadro eléctrico de la casa, esa parte lleva su propio boletín cuando corresponde.
¿Tengo que llamar a E-Distribución?
No. El código de autoconsumo lo pedimos nosotros o la gestoría colaboradora, en tu nombre.
¿Qué pasa si no pido la compensación de excedentes?
Que la energía que viertes a la red no se te descuenta en la factura. Solo la puede pedir el titular del suministro, así que ese paso es tuyo.
¿Por qué hace falta otro técnico para el certificado energético?
Porque solo puede firmarlo un técnico habilitado para la certificación energética: la habilitación de instalador eléctrico no sirve. Solo lo necesitas si vas a pedir la deducción del IRPF del 40 %.
¿Empezamos por tu tejado?
Te decimos qué instalación tiene sentido y qué papeles vas a necesitar en tu caso.